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FACTORES DE PROTECCIÓN SOLAR

cremas solares

Uno de los principales objetivos de la legislación era sentar algo de claridad ante la amalgama de protecciones disponibles (el llamado factor de protección solar o SPF). El SPF es un baremo que calcula el nivel de protección que da una crema en comparación con la piel al sol: por ejemplo, si uno tarda 10 minutos en quemarse sin crema, con una loción de nivel 15 pasarán dos horas y media antes de que la piel se enrojezca.

La multiplicidad de numeraciones no sólo confundía a los consumidores, sino que, en realidad, «el aumento de la protección de un número al siguiente es imperceptible, sobre todo en los rangos altos». «Así que el rango de factores de protección solar puede hacerse más pequeño sin reducir las opciones del consumidor», resume el documento comunitario.

Ahora, las numeraciones se reducen a ocho (ver tabla), desapareciendo las menores de 6 y las superiores a 50, que quedan englobadas en un 50+. Para que todo esto quede más claro, el factor va ahora acompañado de una clasificación (protección baja, media, alta o muy alta). «Es importante saber que un factor superior a 50 no aumenta la protección contra las quemaduras y la radiación UVB en una piel normal.

Advertencias y recomendaciones

La legislación de la UE parte de una premisa muy clara: ninguna crema, por muy alta protección que tenga, protege completamente contra el sol: «Ningún producto solar puede filtrar toda la radiación ultravioleta (…). Así que no deberían crear la impresión de que proporcionan protección total ante los riesgos derivados de una sobreexposición a la radiación ultravioleta». Adiós a leyendas tipo «pantalla total», «protección total» o «protección todo el día». Es más, los productos deben aconsejar una reaplicación frecuente.

Además, la Comisión aconseja incluir consejos de aplicación, pues, en general los consumidores no utilizan correctamente las cremas. Para que el cuerpo de una persona adulta tenga una protección correcta, tendrían queaplicarse unos 36 g de loción (equivalente a seis cucharillas de café). «Aplicar una cantidad menor lleva a una reducción desproporcionada en la protección. Por ejemplo, si la cantidad se reduce a la mitad, la protección puede caer hasta dos tercios», advierte la regulación comunitaria. Otras instrucciones de aplicación serán aplicarse el producto antes de la exposición y reaplicar con frecuencia.

Eficacia mínima

Aunque se trate de un cambio menos obvio en los envases de las cremas solares, la normativa también ha regulado la eficacia mínima de las cremas solares. Los productos no sólo deben proteger contra los rayos UVB (los que ocasionan enrojecimiento de la piel y quemaduras). «Aunque el factor de protección solar se refiere únicamente a la protección contra la radiación que causa eritema (fundamentalmente, radiación UVB), los productos deberían contener protección tanto contra UVB como UVA», reza el documento.

De este modo, se sienta también algo de claridad sobre la antes confusa protección frente a los rayos UVA (los responsables del envejecimiento de la piel y también contribuyentes al riesgo de cáncer cutáneo). ‘100% anti UVA/UVB/IR’, ‘mantiene a distancia la radiación UVA’, ‘con filtros UVA’… El abanico de leyendas sobre estos rayos ultravioleta desaparece también con la nueva normativa.

A partir de ahora, la protección frente a los rayos UVA debe ser proporcional a la que proporcione el producto frente a los rayos ultravioleta tipo B, en concreto, 1/3. Por ejemplo, si el SPF es 15, la protección frente a los UVA será cinco.